Requisitos para aplicar a permiso de porte y tenencia de armas

Requisitos para aplicar a permiso de porte y tenencia de armas

Se han especificado los requisitos a los que deben aplicar los interesados en obtener permisos para porte o tenencia de armas letales y no letales.

Se han especificado los requisitos a los que deben aplicar los interesados en obtener permisos para porte o tenencia de armas letales y no letales. 

Para solicitar porte de armas letales:

1.- Oficio dirigido al Director de Control de Armas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, donde se justifique el requerimiento para portar un arma de fuego y se declare que será utilizado para defensa personal.

2.- Factura de pago de un servicio básico del último mes, o contrato de arrendamiento registrado ante autoridad competente, o impuesto predial del domicilio a nombre del requirente o certificación del propietario del bien que determine que el solicitante se encuentra domiciliado en esa dirección.

3.- Factura, contrato de compra-venta, transferencia de dominio (cesión de derechos), del arma a registrar.

4.- Certificado Biométrico AFIS y AVIS+F (Sistema Automatizado de Identificación Biométrica por Voz, y de la imagen Facial.), emitido por la Policía Nacional.

5.- Informe de Evaluación Psicológica Forense, elaborado por un profesional de la salud con título de tercer nivel en el campo de la psicología y de cuarto nivel en el campo de psicología forense, debidamente habilitado para el ejercicio profesional. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente.

6.- Informe de Evaluación Psiquiátrica, elaborado por un profesional de la salud médico/a, con título de cuarto nivel en psiquiatría, debidamente habilitado para el ejercicio profesional. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente.

7.- Informe de Análisis Toxicológico, emitido por un establecimiento de salud del Sistema Nacional de Salud, debidamente habilitado para su funcionamiento. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente. 

8.- Certificado de no registrar antecedentes penales actualizado hasta 8 días antes de la fecha de solicitud del permiso.

9.- Certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgado por la autoridad competente.

10.-Certificado de destreza en el manejo y uso del arma de fuego emitido por el Ministerio de Defensa Nacional o sus delegados en cada jurisdicción.

11.- Pago por concepto de gastos administrativos 15 % de un Salario Básico Unificado (SBU).

 

Para el porte y tenencia de armas no letales 

Debe cumplir requisitos similares a los anteriores, la diferencia es que no necesita una prueba toxicológica ni un informe psiquiátrico, tiene un valor de $45.

 

El porte de aerosol, spray o gas pimienta también está regulado y debe cumplir tres requisitos:

1.- No tener antecedentes penales.

2.- No tener  denuncias o demandas por violencia, de género. 

3.- Pago de $9.


 

IMPORTANTE:

El informe de Evaluación Psicológica Forense y el Informe de Análisis Toxicológico deberán expresar criterio favorable o no favorable, según el caso, para la obtención del permiso; en tanto que, el Informe de Evaluación Psiquiátrica deberá expresar que no existen problemas asociados al consumo problemático del alcohol y otras drogas. Los informes, a efectos de su ingreso al Sistema de Control de Armas, tendrán una vigencia máxima de tres meses a partir de la fecha de su emisión. En los certificados de reconocimiento emitidos por la autoridad sanitaria nacional constarán los datos de quien elaboró el informe de Evaluación Psicológica Forense, Informe de Evaluación Psiquiátrica e Informe de Análisis Toxicológico (registro de la habilitación profesional, cédula, teléfonos y dirección del establecimiento de salud, entre otros datos informativos), para cotejar, verificar y confirmar, de ser el caso, el proceso de emisión y legalización de estos documentos.